Estimado Socio:
Disponer de un técnico, con titulación universitaria, al frente del establecimiento es una obligación legal, así se refleja en el art 40 de la Ley de Sanidad Vegetal, art 22 del RD 1311/2012 y art 24 del Decreto 96/2016.
Como sabe, ADEPROVE cuenta con el Servicio Técnico que da cobertura a todos los Asociados que lo solicitan.
Nuestro técnico cuenta con una plataforma (Normapro) que le ayuda a desarrollar su trabajo y que le sirve como justificación ante la Administración de que este trabajo se lleva a cabo en todos los almacenes de una manera real y eficaz. Por todo ello y para evitar que en un futuro no permitan que nuestro Gabinete Técnico pueda seguir realizando este servicio a todos los Asociados, es necesario e imprescindible la colaboración de todos.
No solo deben ver esto como un “quita multas”, sino que es un sistema eficaz de gestionar sus obligaciones legales.
Para cumplir con el objetivo de afianzar este sistema a finales del presente año y evitar el perjuicio que se puede ocasionar a los Socios de tener con contar/contratar un Técnico, hemos establecido el Plan de Trabajo adjunto.
Aquellos Asociados que al finalizar el año no hayan alcanzado el mínimo indispensable, por el bien común, no podrán seguir contando con el Técnico de ADEPROVE como Técnico al frente del establecimiento.
Estamos a su entera disposición para ayudarles en todo cuanto necesiten.
Santiago Cobo Romero
Presidente