Estimado Asociado:
Recientemente uno de nuestros Asociados ha tenido la visita de los Inspectores de Sanidad Vegetal para comprobar el Registro de un Producto Fitosanitarios concreto. Inicialmente, dicho producto no aparecía en el Registro de Productos Fitosanitarios del MAPAMA. Tras el correspondiente susto, nuestro Asociado pudo aportar la documentación del Registro por parte del Fabricante, quedando patente que se trataba de un error en la actualización de dicho Registro. Se trataba de un producto no habitual, una pequeña partida para cubrir un pedido concreto.
De este caso, por fortuna sin repercusiones, debemos sacar dos conclusiones muy importantes:
1. El titular de la Empresa es el responsable de verificar que los fitosanitarios que comercializa están convenientemente dados de alta y que su registro está en vigor en el momento de la transacción comercial. Esto cobra especial importancia en aquellos productos que no son del catálogo que habitualmente manejan, y mucho más en aquellos casos puntuales que se compra por precio.
2. En el documento en el que queda constancia de dicha transacción (albarán de venta) se debe identificar perfectamente el producto objeto de transacción utilizando su nombre correcto, tal y como se muestre en la etiqueta. Dicha identificación quedaría más completa si se añade el Nº de Registro.
Agradecemos la información facilitada por nuestro Asociado objeto de la Inspección. Toda la información que en este sentido puedan facilitarnos para su difusión, hace que todos ustedes estén más preparado y puedan evitar de esta forma las sanciones.
Como siempre , quedamos a su disposición para resolver cualquier duda.
Sin otro particular reciba un cordial saludo.
Francisco Medina Cobo
Presidente.