Circular
Finalización del plazo de inscripción en REGFER
Información publicada por: Gabinete Técnico
Estimados socios:

Desde ADEPROVE les recordamos que ayer, 1 de julio de 2026, finalizó el plazo concedido a los distribuidores de productos fertilizantes que ya ejercían esta actividad para inscribirse en el Registro General de Fabricantes y otros Agentes Económicos de Productos Fertilizantes —REGFER—.

Desde esta fecha, la inscripción en la sección 3.ª, Distribuidores, constituye un requisito necesario para continuar desarrollando esta actividad. La normativa andaluza establece expresamente que, a partir del 1 de julio de 2026, los operadores obligados deberán estar inscritos para poder operar en su ámbito. La Orden de 19 de febrero de 2026 regula en Andalucía la presentación electrónica de la declaración responsable y los formularios correspondientes.

Los socios que no hayan presentado la declaración responsable deberán hacerlo a la mayor brevedad posible, mediante el procedimiento electrónico habilitado por la Junta de Andalucía para REGFER, código de procedimiento 25943.

Continuar comprando, almacenando, ofreciendo o vendiendo fertilizantes sin cumplir la obligación de inscripción puede dar lugar a:

  • Requerimientos de regularización por parte de la Administración.
  • Actuaciones de inspección y control.
  • Imposibilidad de acreditar la habilitación para operar como distribuidor.
  • Suspensión o imposibilidad de continuar ejerciendo la actividad hasta regularizar la situación.
  • Cancelación o ineficacia de la inscripción cuando existan omisiones, falsedades o incumplimientos esenciales.
  • Exigencia de las responsabilidades administrativas y, en su caso, civiles o penales que correspondan.
  • Incoación de un procedimiento sancionador conforme a la normativa aplicable.

La presentación fuera de plazo no elimina las posibles responsabilidades derivadas del periodo durante el cual se haya operado sin cumplir esta obligación, pero resulta imprescindible para regularizar la situación.

Quienes hayan presentado la declaración dentro de plazo y estén pendientes de recibir el número definitivo deberán conservar el justificante electrónico de presentación y atender inmediatamente cualquier requerimiento de subsanación.

Un saludo            
Ignacio Gómez Armenteros
Ingeniero Agrónomo
Gabinete Técnico de ADEPROVE
M. 625757031 E. gabinetetecnico@adeprove.com