Estimados socios,
Nos complace comunicarles que, durante las últimas reuniones que con carácter periódico mantenemos con los inspectores de Sanidad Vegetal de Agricultura de Jaén, se ha felicitado expresamente a la dirección técnica de nuestra asociación por el alto grado de cumplimiento normativo de los almacenes distribuidores de fitosanitarios adheridos a ADEPROVE. Destacan la diferencia sustancial entre los almacenes de nuestra asociación y los que no están asociados. Este reconocimiento es un reflejo del esfuerzo conjunto de nuestros socios en la aplicación de la normativa vigente y del compromiso con la seguridad y la legalidad en el sector.
No obstante, en estas reuniones nos comentan que durante las últimas inspecciones también se han identificado 3 aspectos que requieren de mejora y corrección con carácter general:
- Barrera física sin colocar correctamente para impedir el acceso al público de los productos fitosanitarios: Se ha observado que en numerosos almacenes la barrera utilizada (en muchos casos, una cadena) no cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente, dado que o no está correctamente colocada (pegada a los productos fitosanitarios) o está quitada para favorecer el acceso del personal del establecimiento a los mismos. Recordamos que esta debe ser una barrera que permanezca cerrada y que garantice la restricción efectiva del acceso a personas no autorizadas, solo pudiendo ser retirada y volver a colocarse tras manipular el producto.
- Espacio normalmente vacío con cartel de “PRODUCTOS NO APTOS PARA SU VENTA”: Se ha detectado que en muchos almacenes, no se dispone de un lugar habilitado para ubicar los productos fitosanitarios que bien por causas de estado del registro o etiquetados en mal estado, tengan prohibida su venta. Para ello, es obligatorio habilitar un espacio, tomando como referencia mínima la dimensión de medio pallet europeo, con un cartel en el que se especifique “PRODUCTOS NO APTOS PARA SU VENTA”. Este espacio permanecerá normalmente vacío hasta detectar un producto almacenado que tenga prohibida su venta. Este espacio debe estar ubicado en la zona destinada al almacenamiento de productos fitosanitarios.
- Autorizaciones para la retirada de productos fitosanitarios. El almacén debe guardar las autorizaciones firmadas por los titulares de las explotaciones a las personas con carnet encargadas de retirar los productos fitosanitarios en su nombre. (adjuntamos modelo) AUTORIZACIÓN PARA LA COMPRA Y RETIRADA DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS DE USO PROFESIONAL EN NOMBRE DE OTRO
Por último, aprovechamos para recordarles que deben guardar su registro de transacciones interno de su almacén durante 5 años y que los inspectores podrán comprobar cualquier apunte realizado en su registro de transacciones en este periodo.
Desde ADEPROVE, animamos a todos nuestros socios a continuar trabajando en la mejora continua de sus instalaciones y procedimientos, reforzando así el cumplimiento normativo y la seguridad en el almacenamiento y distribución de productos fitosanitarios.
Agradecemos su compromiso y quedamos a su disposición para cualquier consulta o asesoramiento técnico que requieran.
Atentamente,
