Estimado socio,
Me dirijo a usted como almacén suministrador en cumplimiento de la Ley 43/2002, el RD 1311/2012 y el Decreto 96/2016, con el objetivo de garantizar el cumplimiento normativo y la excelencia en la gestión de productos fitosanitarios.
Recientemente, hemos revisado la documentación disponible en NormaPro y hemos identificado ciertos documentos cruciales que no se encuentran actualmente disponibles o que requieren actualización. Estos documentos son esenciales para cumplir con los requisitos legales y evitar futuras sanciones.
En este sentido, les solicitamos encarecidamente a aquellos almecenes de los que somos técnicos al frente de su establecimiento, nos proporcione a través de correo electrónico a la dirección gabinetetecnico@adeprove.com , los siguientes documentos que no se encuentran subidos a NormaPro o que deben ser actualizados con la versión más reciente:
– LICENCIA DE APERTURA
Documento que certifica por parte del ayuntamiento el uso comercial de su establecimiento.
– INSCRIPCIÓN EN ROPO DEL ALMACÉN SUMINISTRADOR
Registro en el que deben estar inscritos en el SECTOR SUMINISTRADORES los fabricantes, distribuidores (vendedores), empresas de logística y empresas que se dediquen al almacenamiento de medios de defensa fitosanitarios (donde se incluyen productos fitosanitarios y Otros Medios de Defensa Fitosanitarios (OMDF).
– PLANO O CROQUIS DEL ALMACÉN
Debe describa la situación actual del almacén, tanto en distribución de habitáculos (oficinas, aseos, etc.) como en organización destinada a fitosanitarios, fertilizantes, ferretería, etc.
– CARNET/S DE MANIPULADOR (Nº DNI) DEL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO
Es suficiente con aportar el número de DNI de las personas que manipulan los productos en el almacén.
– DNI Y TÍTULO UNIVERSITARIO DEL TÉCNICO ASESOR
Documento aportado por el técnico en el que se recoge la relación de servicio del mismo con el almacén asesorado y su documentación como técnico habilitado.
Es fundamental que estos documentos estén actualizados y disponibles en NormaPro para asegurar la conformidad con la normativa vigente. La falta de estos documentos puede resultar en sanciones indeseables, tanto para el almacén como para el técnico al frente del establecimiento.
La fecha límite para la presentación de estos documentos es el 1 de febrero de 2024. Agradecemos de antemano su pronta colaboración en este asunto.
La documentación correcta y actualizada es esencial para mantener un ambiente seguro y conforme con la legislación aplicable. Apreciamos su compromiso continuo con la excelencia en el manejo de productos fitosanitarios y estamos a su disposición para cualquier consulta o aclaración al respecto.
